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Entrevista: Expulsión de extranjeros y extradición desde Venezuela: el engorroso proceso para deportar y solicitar la captura de criminales
La crisis migratoria es uno de los escenarios más complejos que ha tenido que enfrentar el Gobierno de Gabriel Boric, situación que ha estado aparejada con el aumento de la participación de extranjeros en criminalidad violenta y la llegada de grupos de crimen organizado provenientes de diversos países de América Latina.
Organizaciones como el Tren de Aragua, Los Gallegos, Los Trinitarios, el asesinato del teniente venezolano (r), Ronald Ojeda, y el crimen del mayor de Carabineros, Emmanuel Sánchez, han provocado que esta problemática se tome la agenda y ejerza presión sobre el Ejecutivo para que tome cartas en el asunto.
Esto último abre otro flanco en relación a las gestiones diplomáticas, puesto que los sospechosos del crimen de Ojeda y de Emmanuel Sánchez escaparon del país.
De hecho, este martes 23 de abril en Colombia detuvieron a Dayonis Orozco, uno de los acusados de asesinar al mencionado carabinero, y gracias a un acuerdo de extradición entre ambos países, el proceso debiera tener bastante fluidez. A diferencia con lo que ocurre con Venezuela, ya que dicho país no cuenta con una política de extradición.
Extradición desde Venezuela: ¿qué dice la Constitución?
Tras lograr la captura del ciudadano venezolano Dayonis Orozco, el presidente de Colombia, Gustavo Petro aseguró: “Le entregaremos a Chile el asesino del mayor Emanuel Sánchez del cuerpo de Carabineros”.
Sin embargo, hay otro tema pendiente con respecto al prófugo del crimen de Ronald Ojeda, quien se encontraría en Venezuela.
Ante esta situación, la ministra del Interior, Carolina Tohá, expuso que “como país hemos tenido experiencias complejas en casos similares en que hemos buscado a personas acusadas de delitos graves que se encuentran localizadas en Venezuela. En el último año, tuvimos cuatro casos y la experiencia no fue positiva. Creemos que el caso del ex teniente Ojeda no puede correr la misma suerte”.
“Venezuela no tiene política extradición”, explicó a EL DÍNAMO Adriana Palomera, directora ejecutiva Centro de Estudios Migratorios de la Universidad de Santiago (USACH).
De acuerdo con el Código Penal de Venezuela (2000), actualmente vigente, el artículo 6 es categórico en exponer que “la extradición de un venezolano no podrá concederse por ningún motivo; pero deberá ser enjuiciado en Venezuela, a solicitud de parte agraviada o del Ministerio Público, si el delito que se le imputa mereciere pena por la ley venezolana”.
En ese sentido, Álvaro Iriarte, director de Contenidos del Instituto Res Publica, dijo a EL DÍNAMO: “Tratándose de un extranjero, el mismo Código señala que es procedente siguiendo todos los trámites establecidos en Tratados Internacionales suscritos por Venezuela”.
En este caso, Chile y Venezuela tienen vigente un Tratado de Extradición, suscrito por ambos países el 2 de Junio de 1962. Bajo este contexto, Tohá ha pedido colaboración en la investigación a las autoridades de dicho país, en primer lugar, deteniendo a los responsables y en segundo lugar, facilitando que enfrenten la justicia.
De esta forma, Adriana Palomera comentó a EL DÍNAMO que “la única solución, tiene que ver con con el diálogo diplomático, no existe otra posibilidad”.
Los mecanismos de expulsión desde Chile
Por otro lado, el Gobierno se ha abocado en avanzar en materia de expulsiones. De hecho, durante la semana pasada, se concretó un vuelo con dirección a Colombia, Ecuador y Bolivia para expulsar a personas provenientes de dichos países. Sumado a ello, el subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, anunció que Venezuela autorizó un vuelo para recibir 150 ciudadanos deportados, el cual se materializaría en mayo.
Para llevar a cabo una expulsión, ya sea de forma administrativa o judicial, se requiere de un largo y complejo proceso, donde se necesita una coordinación diplomática y policial para que se realicen.
La expulsión administrativa comienza por medio de un procedimiento de una autoridad competente que decrete la expulsión de un extranjero, la cual puede ser el Departamento de Extranjería y Migración (DEM) o el Ministerio del Interior.
Pese a ello, en ciertos casos, este tipo de deportaciones pueden ser delegadas a las Intendencias Regionales. Lo anterior, particularmente en casos de ingresos por pasos no habilitados o en que el extranjero no cuente con una visa que no sea de turista.
Por otra parte, la expulsión judicial es la que es determinada por un tribunal como parte de una sentencia de un proceso penal. Este mecanismo opera en el caso de que un migrante haya cometido delitos graves en territorio nacional y se le haya condenado a una pena de cárcel.
Esta sentencia puede ser complementaria a la pena de prisión, en casos en donde el responsable sea un extranjero en situación irregular y que la condena por el delito no supere los cinco años de presidio.